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El aprendiz H-3 es un nonimmigrante que trata de entrar en los Estados Unidos por invitación de una organización o individuo con el fin de recibir formación en cualquier campo de actividad, como la agricultura, comercio, comunicaciones, finanzas, gobierno, medios de transporte, o las profesiones, así como la formación en un establecimiento puramente industrial.
Requisitos de Elibigilidad
Una clasificación H-3 se aplica a un extranjero que viene temporalmente a los Estados Unidos como:
- Un aprendiz, que no sea para recibir la educación médica de posgrado o de formación, o de formación que se imparte principalmente en o por una institución académica o profesional, o
- Uno participante en un programa de intercambio de de visitantes en educación especial que provée la formación práctica y la experiencia en la educación de los niños con discapacidad física, mental, o discapacidades emocionales.
El peticionario tiene la obligación de demostrar que:
- El proyecto de capacitación no está disponible en el país de el extranjero
- El beneficiario no será puesto en una posición que está en el funcionamiento normal de los negocios y en el que los ciudadanos y residentes trabajadores esten empleados regularmente
- El beneficiario se compromete a no involucrarse en el empleo productivo a menos que ese tipo de empleo es incidental y necesario para la formación
- La capacitación beneficiará a los beneficiarios en la búsqueda de una carrera fuera de los Estados Unidos
Servicios o Capacitación para más de un Empleador
Si el beneficiario, realizara servicios no agrícolas para, o recibira formación de, más de un empleador, cada empleador debe presentar una petición por separado, con el Centro de Servicio que tiene jurisdicción sobre la zona en que el extranjero realizara o recibira servicios de formación, a menos que un agente establecido archive la petición.
Duración de la estancia
Una petición aprobada para un extranjero en entrenamiento será válida por un período de hasta dos años. Un extranjero H-3 participando en un programa de educación especial que ha pasado 18 meses en los Estados Unidos y un extranjero H-3 que ha pasado 24 meses en los Estados Unidos no podrán pedir la extensión, cambiar de estado, o ser readmitido en la Unido Estados a menos que el extranjero ha residido y haya estado físicamente presente fuera de los Estados Unidos 6 meses anteriores.
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